Polémicas de Juan Eloy Díaz-Jiménez Villamor en la prensa diaria

 

Polémica en el DIARIO DE LEÓN con motivo de la donación de la colección arqueológica de Elías Gago Rabanal (1851-1913) a la ciudad de León. La discusión se mantiene entre el archivero y escritor Saturnino Rivera Manescau (1893-1957) y Juan Eloy Díaz-Jiménez Villamor (1842-1918).


DIARIO DE LEÓN. 31/12/1914

De Re Artistica

La colección arqueológica del Sr. Gago

 

Hace poco más de un año que falleció en León un hombre estudioso que dio su vida a la Prehistoria y Paleontología, investigando como nadie la vida primitiva de la región leonesa, a tal extremo, que si ignorado casi de sus paisanos, mereció la honra de que la poderosa mentalidad que se llamó Menéndez y Pelayo citara sus obras con encomio en su historia de los Heterodoxos.

El Señor [Elías] Gago, de quien nos ocupamos, logró reunir, entre excavaciones o compras, una importante colección de objetos que hubieron de servirle grandemente en sus estudios y que fueron la base y hoy son la prueba fehaciente de sus asertos sobre la raza y costumbres de los primeros pobladores de la tierra leonesa.

Sus hermanas coronaron su obra con el altruismo de donar a León la colección que el hombre insigne amasó con su constancia y su saber, poniendo por única condición en su largueza la de que siempre perteneciera a la provincia, por su interés para los estudios leoneses y por ser en casi su totalidad de procedencia regional.

Avisose a la Comisión de Monumentos, que acogió con júbilo la noticia, y acordose, en unión de la familia, exponer y custodiar la colección en las salas del Museo Arqueológico Provincial, y pensando en que acaso el Estado suprimiera dicho establecimiento y pasasen sus objetos a otra provincia, habían de entregarse en calidad de depósito y con las consiguientes garantías que el Estado da a sus depositantes. Conseguíase con esto no sólo el fin que la familia deseaba, sino también que allí donde se alinean las lápidas y los objetos que pregonan el rico venero de nuestra historia, donde la época romana leonesa tiene su más completa página y donde el período medieval tiene dignos representantes guardados en afiligranado estuche del renacimiento, la colección del señor Gago venía a completar el infolio de siglos en la primera página de que carecía.

Pero hace poco la Comisión tomó el acuerdo de guardar para ella lo que es de dominio público y condena a la colección a dormir el sueño del olvido en un salón donde mueren de tedio unas lápidas de nadie conocidas, donde de cuando en cuando se reúne la Comisión, cuya primera providencia será darles alguna compañía para evitar que los ratones asomen su burlona faz por las cuencas vacías de los cráneos de nuestros aborígenes que un hombre de ciencia estudiaba con amor.

¿Qué razón ha habido para esta medida? ¿Cuál la causa de no llevarla al lugar que primeramente se pensó y que verdaderamente le corresponde?

Indudablemente es la manía de individualizar lo que debe unirse, el deseo que vemos hace poco de constituir museos nuevos, el afán de crear órganos mezquinos que lleven una vida pobre e ignorada a robustecer el ya creado y que con el esfuerzo general destilaría cultura por todos sus poros.

En todas las provincias los particulares o las corporaciones entregan en donación o en depósito sus objetos de arte a los museos que son gloria legítima de todos; en León, patria de artistas, se prefiere a dotar el Museo provincial, el constituir museos pobretones e ignorados de casi todo el mundo.

Estos Museos, como el que será de la Comisión de Monumentos, nos lo dicen claramente y nos hacen pensar en lo que llaman algunos rapiñas del Estado y nosotros llamamos benditas rapiñas que evitan la ocultación artística.

Florín



DIARIO DE LEÓN. 04/01/1915

“De Re Artistica”

Rectificación (1)

 

No sin sorpresa hemos leído en el número 2617 de este DIARIO, un artículo que, bajo el epígrafe “De Re Artistica” y con el título “La colección arqueológica del Sr. Gago”, publica, no sabemos qué mal informado caballero, con el seudónimo Florín.

Ante anuncio tan sugestivo, cualquiera creería que el articulista se proponía darnos alguna noticia del rico tesoro que encierra la colección de objetos prehistóricos Lancienses, formada con tanta inteligencia como laboriosidad y desinterés por el que en vida fue dignísimo académico correspondiente de la Real de la Historia e individuo de la Comisión provincial de Monumentos de esta provincia. Nada de esto: el respetable nombre de nuestro inolvidable compañero y la pública estimación de sus investigaciones, sólo han servido al señor Florín de pretexto para desahogar su mal humor, lanzando una injusta diatriba contra dicha Corporación. El cargo que en ella desempeñamos, la consideración que merecen los individuos que la constituyen y los fueros de la verdad maltrechos, nos obligan a escribir estas líneas con el fin de restablecer los hechos, desfigurados con un propósito que… desconocemos.

Asevera el articulista que las hermanas del señor Gago pensaron donar la colección de su inolvidable hermano al Museo arqueológico; que, puesto este pensamiento generoso en conocimiento de la Comisión, ésta tomó el acuerdo de que así se verificara, llevando los objetos a dicho Museo en calidad de depósito; pero (con palabras textuales de Florín) “la Comisión tomó el acuerdo de guardar para ella lo que es de dominio público”.

No pasamos adelante. Las señoritas Gago Rabanal, por un movimiento generoso y haciendo uso de su libérrima voluntad, y en perfectísimo derecho como herederas y propietarias de la colección precitada, manifestaron su deseo de cederla, no al Museo Arqueológico, sino a la Comisión Provincial de Monumentos.

El sabio prebendado y académico don Manuel Díez, archivero de la Santa Iglesia Catedral, y el que este artículo suscribe, fueron los sucesivamente encargados, por las espléndidas donantes, de exponer su deseo a la Comisión, la cual, en sesión ordinaria, acordó, con verdadero júbilo, aceptar oferta que tanto la honraba, y hacer en sus locales del edificio de la Diputación una instalación digna y segura, a la que, hoy en adelante, podemos llamar colección Gago.

Y vea el curioso lector restablecida la verdad del hecho y vea asimismo el caballero Florín la falsedad del supuesto, sobre el cual ha levantado la máquina de sus gratuitas afirmaciones.

Hemos subrayado el adjetivo segura porque para la permanencia de los objetos de la provincia nos ofrece mayor garantía la Diputación que los establecimientos del Estado. El espíritu centralizador que domina en los centros directivos del Gobierno ha ido llevándose a Madrid, no pocos de los documentos y objetos artísticos y arqueológicos de las provincias, llegando hasta desmontar edificios completos para levantarlos en la Villa y Corte; arrancando por este modo no pocas páginas del libro de la historia gloriosa de nuestras regiones.

Reciente está el hecho de la traslación a Madrid de interesantes documentos de la sala de la Inquisición, del archivo de Simancas.

Partiendo el articulista del hecho, cuya falsedad hemos demostrado, supone que la Comisión tomo tal acuerdo con el fin de enriquecer su Museo y encerrar en sus salas la colección Gago bajo siete llaves, ocultándola de la vista de los amantes del arte y del estudio.

Qué xxx? El caballero Florín se muestra tan poco conocedor de la vida interior de la Comisión de Monumentos como de la colección arqueológica del señor Gago.

La Comisión no ha tenido ni tiene Museo alguno, y sí tan solo algunas lápidas, objetos y dibujos adquiridos a sus expensas por haberlo creído así conveniente.

La Comisión no se ha negado jamás a facilitar a todo hombre serio e inteligente, cuantos datos le han sido pedidos, y en más de una ocasión ha franqueado sus puertas a arquitectos y arqueólogos para que hicieran estudios, calcos y dibujos de las plantas y alzados que posee de los edificios más notables de la provincia de León.

Esperamos a ver si una vez hecha la instalación de los objetos del señor don Elías Gago, el caballero Florín, levantando la visera del seudónimo, se nos presenta manifestándonos su deseo de estudiarla.

Juan Eloy Díaz Jiménez


(1) Accediendo al ruego de nuestro respetable amigo el vicepresidente de la Comisión provincial de Monumentos, don Juan Eloy Díaz Jiménez, insertamos hoy el presente artículo contestando a otro de nuestro colaborador Florín, que se publicó en la sección “De Re Artistica” que hemos inaugurado en DIARIO DE LEÓN, mereciendo generales aplausos, y en la cual nos proponemos dar cuenta de las materias de arte que de León y fuera nos parezcan dignas de interés.

Como ni nosotros ni nuestro colaborador Florín tenemos en este punto otro propósito que el de informar al público lo mejor posible, en prueba de nuestra imparcialidad, damos cabida a estas cuartillas haciendo constar que, ajenos a polémicas que pudieran suscitarse, las evitaremos siempre, si bien sosteniendo, en todo caso, el criterio que estimemos mejor, ya para darlas por terminadas o para mantener nuestras opiniones con la más absoluta libertad.

(Nota de la Dirección) 



DIARIO DE LEÓN. 07/01/1915

“De Re Artistica”

 

En el ejemplar de este diario correspondiente al 4 de este mes, se inserta un artículo (contestación a nuestro del 2617) en que el digno vicepresidente de la Comisión de Monumentos, sale, según dice, por los fueros de la verdad maltrechos por nuestras aseveraciones.

Nosotros que conocemos y estimamos al señor Díaz Jiménez en la altura de su valor, nos extrañamos del duro lenguaje que utiliza para contestar a nuestros asertos (protestas si se quiere) contra un acuerdo de la Comisión, pero nunca contra la entidad, ni la personalidad, para nosotros respetabilísima, de los individuos que la constituyen.

Mal ha debido interpretar nuestro artículo el señor Díaz Jiménez, primero, al decir que desfiguramos los hechos, con un propósito que él cree interesado, y segundo, al pensar que salvaguardados por un seudónimo, arrojábamos nuestra bilis contra una corporación respetable; de los primero si lee nuestro artículo con más tranquilidad se convencerá de los contrario; de lo segundo pudo enterarse de nuestro nombre en la Redacción donde a nadie se oculta, y al conocerlo, se hubiera enterado que cuando a algo atacamos lo hacemos a la luz del día y con hierro de Toledo, nunca con daga florentina y escudados en la sombra.

No solo en tesis general ha sido nuestro artículo mal interpretado; descendiendo a particularidades también sufre el señor Díaz-Jiménez errores de apreciación. Nunca dijimos que se acordase la exposición en propiedad en el Museo Arqueológico, sino que habiendo sido donado a la provincia, no a la Comisión de Monumentos, pudieran allí custodiarse en calidad de depósito, primeramente por sus indiscutibles ventajas, y luego porque en el Reglamento vigente del cuerpo de Archivos, Bibliotecas y Museos (posterior al de las comisiones y que deroga todo lo que a él se opone) existe el artículo 10 que dice: “Donde no existan establecimientos del cuerpo, las colecciones se depositarán bajo la vigilancia de las Comisiones de Monumentos, y a falta de éstas, en el Instituto, y si éste no existe, en el Ayuntamiento” y que por lo tanto en los lugares en que existen, como en León, allí es donde deben custodiarse; ítem más, cuando las generosas hermanas del señor Gago no es a la Comisión a quien dan sus objetos (comisión que puede ser suprimida) sino a la provincia de León, en cuyo recinto, quieren que se conserve, por su interés, como dijimos, para ésta.

Luego el señor Díaz-Jiménez fundado acaso en involuntaria omisión de vigentes disposiciones dice que el Estado no le ofrece segura garantía; recuerde el artículo 85 del Reglamento para el régimen de los museos, en que el Estado da autorización a los jefes de aquellos establecimientos, para pactar en su nombre depósitos aún garantizados por acta notarial; rememore nuestro Código Civil desde el artículo 1763 hasta el 1778 en los que se habla del depósito voluntario, se convencerá de que el Estado ofrece sobradas garantías a sus depositantes y no sentará jurisprudencia en casos en que la torpeza o ignorancia de los depositantes, dio margen al Estado para quedarse con objetos que se le entregaron sin ninguna garantía, como ocurre con el retablo de San Marcelo que existe en nuestro museo provincial y cuyo expediente de devolución se está incoando en Madrid.

Más adelante, dice, que ni enterados estamos de la colección del señor Gago, ni régimen interior de la comisión.

 Durante la vida de aquel, fueron varias las veces que visitamos su casa y por él dirigidos admiramos su pequeño y bien organizado museo. Respecto a la vida interior de la comisión, tiene razón, no la conocemos; estamos enterados del Reglamento que decía a éstos sus deberes, conocemos todas las disposiciones posteriores que anulan artículos de aquel y sabemos cuál debe ser la vida de dichas entidades; conocemos también meritísimos trabajos particulares de los individuos que la constituyen, pero la labor privativa, la labor en conjunto de dicha comisión la ignoramos en absoluto.

Por otra parte “La comisión, dice el señor Díaz Jiménez, no se ha negado jamás a facilitar a todo hombre serio e inteligente cuantos datos se le han pedido y en más de una ocasión ha franqueado sus puertas a arquitectos y arqueólogos”; es decir, que en vez de vulgarizar, en vez de ilustrar con sus noticias a todos, sigue en proceso de templo egipcio, solo admite a los iniciados, a los sabios, a los que menos necesitan de ella, siendo necesario, para hallar sus puertas francas pasar por el tamiz de su criterio. Esta manera de obrar prueba nuestros asertos.

La colección Gago en los locales de la Diputación no será vista sino de aquellos que la comisión juzgue serios e inteligentes. En cambio en el Museo Arqueológico, la entrada es libre, está abierto al público durante seis horas diarias y el que quiere visitarlo no ha de probar su seriedad ni sufrir examen en que demuestre sus conocimientos; lo mismo tiene abiertas sus puertas el obrero que quiere ilustrarse que el arqueólogo que busca materiales para su estudio, allí a nadie se pone el veto y si datos necesita, datos se le dan sin abrir ejecutoria de limpieza de sangre.

Juzgue el curioso lector y dictamine en conciencia a dónde deben colocarse en depósito la colección del que fue un leonés insigne.

Saturnino Rivera Manescau (Florín)



DIARIO DE LEÓN. 12/01/1915

“De Re Artistica”

 León, 9 de enero de 1915

 

Sr. Director de DIARIO DE LEÓN:

Muy Señor mío: La nota que figura al pie del artículo por mí suscrito, que, en contestación al señor Rivera (Florín), sobre el asunto de la colección arqueológica de don Elías Gago, se publicó en el número de DIARIO correspondiente al día 4 de este mes, en la cual, a guisa de advertencia se decía por esa dirección que evitaría toda polémica sobre tal asunto, me impide contestar a las inexactitudes en que con obstinación increíble reincide dicho señor Rivera. Sin embargo, suponiendo que no ha de negarme lo que se concede a todo el que trata, no ya de defender una opinión particular, sino de afirmar hechos contra cuya realidad nada valen argumentaciones sofísticas, y menos aún cuando éstas carecen de todo ingenio, le agradecería diera publicidad en el periódico a los siguiente innegables y comprobados hechos:

1. Que contra la afirmación del señor Rivera, única base, y a fe que no inconmovible de lo que pudiéramos llamar su inocente artículo, la Comisión de Monumentos no “acordó, como él dice, en unión de la familia del señor Gago, exponer y custodiar la colección en la salas del Museo provincial, y, pensando en que acaso el Estado suprimiera dicho establecimiento (pensamiento por demás pueril que nunca ha tenido la Comisión), y pasaran sus objetos a otra provincia, hubiera de entregarse en calidad de depósito y con las consiguientes garantías que el Estado da a sus depositantes”. Nada de eso; repetimos que por parte de las señoritas de Gago no hubo tal propósito, sino que haciendo uso de su libérrima voluntad con perfectísimo derecho, como herederas y por tanto propietarias de la colección, no quisieron depositarla en el Museo y la donaron exclusivamente a la Comisión de Monumentos. No hay por tanto para que hablar de depósitos que solo existen en la calenturienta imaginación del señor Rivera. Además, y como parece que no le agrada la resolución que adoptaron las señoritas de Gago por el solo hecho de que él no haría lo mismo en caso semejante y pretende demostrar que tan generoso acto les está prohibido, el Código Civil, ya que el señor Rivera le cita, en su artículo 348 dice que “la propiedad es el derecho de gozar y disponer de una cosa sin más limitaciones que las establecidas en las leyes”; ahora bien, un modo de disponer de lo que nos es propio es la donación que, según el artículo 618 de dicho cuerpo legal, cuya vigilancia le rogamos no nos discuta, “es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra (jurídica o social en este caso), que la acepta”, acto que es muy distinto de aquel contrato que se llama depósito y que “se constituye, como reza el artículo 1758, desde que uno recibe la cosa ajena con la obligación de guardarla y restituirla”, y que es lo que el colaborador de DIARIO quiere que a todo trance hagan las hermanas del señor Gago, llevando al Museo la aludida colección.

2. Que si bien es cierto que el artículo 10 del Reglamento de Archivos, Bibliotecas y Anticuarios y de los establecimientos que del mismo dependen dispone lo que el articulista transcribe, lo hace refiriéndose expresamente a los objetos de los establecimientos comprendidos en el artículo 9º de dicho Reglamento, los cuales son aquellos que habiendo acrecentado sus colecciones lo suficiente para aspirar a más elevada categoría obtengan incorporación a la Dirección de Instrucción pública; incorporación que no tiene lugar ipso facto por la nueva existencia de colecciones arqueológicas en poder de una Corporación, sino que se concederá o no a solicitud de la Entidad poseedora, según lo que resulte de ciertos trámites previos que al efecto se exigen. A mayor abundamiento, con posterioridad del Reglamento citado, se dictaron disposiciones con el único objeto de poner obstáculos a estas incorporaciones, de las que, sin duda, se había abusado; pues de otro modo carecían de justificación tales preceptos. Con esto demostramos la legal situación de la colección arqueológica del señor Gago en poder de la Comisión de Monumentos y que el señor Rivera, descomponiendo el todo orgánico del Reglamento, utiliza para apoyar sus afirmaciones un artículo que aísla y disloca de los que con él tiene íntima e inmediata relación, pretendiendo, por este medio, que el Reglamento diga sólo lo que le favorece.

3. Que la afirmación de que los objetos de la colección del señor Gago tendrá alguna compañía en unión de las lápidas que la Comisión posee, es, a todas luces, una gran ofensa a la Corporación y por ende a sus individuos, pues equivale a acusar a éstos de negligentes en el cumplimiento de las obligaciones que la ley les impone.

4. Que para que se haga cargo de sólo una parte de la labor corporativa de la Comisión de Monumentos de la provincia de León, bastará hacer saber al señor Rivera que la mayor parte de la colección epigráfica y casi todos los objetos que en el Museo Arqueológico se conservan, fueron adquiridos por ella y a sus expensas; que con cargo a su exigua consignación atiende constantemente a la conservación del Priorato de San Miguel de Escalada, de la iglesia de San Marcos y de los mosaicos de la Villa Romana de Navatejera; que la Comisión y sólo ella, en unión del Arquitecto Director de las obras de la Catedral, se opuso a la demolición de la única construcción cívico militar de España de fines del siglo XIII contigua a la Catedral, habiendo escrito un informe razonado que puede leerse en el “Boletín de la R. A. de la Historia”; que en este mismo Boletín publicó, no hace mucho tiempo, un estudio sobre la autenticidad de los restos de Alfonso VI y sus cuatro mujeres descubiertos y conservados en el Monasterio de monjas benitas de Sahagún; y tantas otras cosas que renunciamos a enumerar por tener que ceñirnos a los límites de un comunicado.

¿Y todo esto no es labor de la Comisión, señor Rivera?

Lo que hay es que la Comisión no busca ni buscó jamás la popularidad publicando sus trabajos a los cuatro vientos.

Gracias, señor Director, por la inserción de estas líneas.

Su affmo. a. y s. s. q. b. s. m.,

Juan Eloy Díaz Jiménez



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